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Proyectos de Ley

28/12/06 7460-D-06
Cobro de las sentencias contra el Estado Nacional

 

Artículo 1º.- Modifícase la ley 3.952 de la siguiente manera:
I - Reemplázase el artículo 7 por el siguiente:
"Artículo 7º.- Toda sentencia judicial o laudo arbitral con fuerza de tal que obligue al Estado Nacional o a sus organismos descentralizados, incluyendo a las instituciones de la seguridad social, a pagar sumas de dinero, será cumplida en efectivo dentro de los 30 (treinta) días corridos de quedar firme."
II - Incorpóranse como artículos 8, 9, y 10 los siguientes:
"Artículo 8º.- Se exceptúan de las disposiciones del artículo anterior las sentencias judiciales o laudos arbitrales con fuerza de tales dictados en procesos regidos por normas o principios de derecho administrativo, con excepción de las normas referentes al empleo público.
Asimismo, quedan exceptuadas las sentencias judiciales o laudos arbitrales con fuerza de tales dictados en el extranjero."
"Artículo 9.- La falta de pago de las sentencias o laudos a que alude el artículo 7º hará personal y solidariamente responsables de su cumplimiento a el/los funcionario/s público/s encargados del cumplimiento de las disposiciones de esta Ley.
Ello, sin perjuicio de su responsabilidad administrativa, política y penal."
"Artículo 10.- Comuníquese el Poder Ejecutivo."
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Presentado: 28/12/06
Expte. 7460-D-06

 

Fundamentos

Señor presidente:
A fines del año pasado, el Presidente Kirchner anunciaba orgullosamente que la Argentina cancelaría la totalidad de su deuda con el FMI, por un monto cercano a los 10.000 millones de dólares.
Para ello, echó mano a dos prácticas que hasta se riñen con los cánones jurídicos y económico-financiero vigentes: modificó por decreto la Ley de Convertibilidad, y utilizó reservas del Banco Central.
Por supuesto que no me interesa hacer una defensa de la Ley mencionada, o del BCRA, o de las concepciones económico-financieras que lo sostienen. Simplemente, me interesa poner de resalto cómo, con tal de seguir garantizando los intereses de los centros económicos del poder mundial, se trastocan incluso los principios que levantan los sostenedores de este sistema.
El Congreso de la Nación no estuvo ajeno a las prácticas ya denunciadas, pues convalidó expresamente ambos decretos (el que modificaba la Ley de Convertibilidad, y el que ordenaba cancelar la deuda con el FMI, con reservas del BCRA).
A este extraordinario desembolso (que, no olvidemos, se tradujo en una devaluación cercana al 5 por ciento del peso respecto del dólar), debemos sumar los montos en efectivo que el Estado Nacional ha girado en concepto de subsidios.
Vale citar como meros ejemplos, los siguientes:
* La Decisión Administrativa Nº 415/05, que incrementó en $85,2 millones las partidas asignadas al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, destinándolas a transferencias corrientes para Trenes de Buenos Aires S.A. ($31 millones); Transportes Metropolitanos Belgrano Sur S.A. ($17,5 millones); Metrovías S.A. ($15,3 millones); Ferrovías ($13,4 millones); y Transportes Metropolitanos General Roca S.A. ($7,9 millones), lo que significó un incremento en los subsidios del orden del 172%, 123% y 45% para TBA, Metrovías y Ferrovías, respectivamente.
* La Decisión Administrativa 482/05, otorga un subsidio de $ 18 millones a FE.ME.SA, incremento que es compensado con la reducción de los créditos de 7 programas, entre ellos, "Acciones Más Escuelas, Mejor Educación".
* La DA 513/05 (del 29/08/06, a menos de dos meses de las elecciones en las que algunas Provincias eligieron Senador Nacional), incrementó en $ 60 millones las transferencias a la Provincia de Buenos Aires.
* La Decisión Administrativa 561/05, por la cual se incrementan en $ 99,2 millones las partidas asignadas al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, destinándolas a transferencias corrientes a Ferrovías ($34,4 millones); Trenes de Buenos Aires S.A.($21,9 millones); Transportes Metropolitanos Belgrano Sur S.A. ($20,4 millones); Transportes Metropolitanos General Roca S.A. ($11,5 millones); y Metrovías S.A. ($11 millones), con un costo fiscal de $ 99,2 millones.
* La Decisión Administrativa 661/05, por la cual se incrementan en $ 208,2 millones las partidas asignadas al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, destinándolas a transferencias corrientes y de capital a Trenes de Buenos Aires S.A. ($ 59,5 millones); Metrovías S.A. ($50,9 millones); Ferrovías S.A. ($36,2 millones); Transportes Metropolitanos Belgrano Sur S.A. ($19,1 millones); Transportes Metropolitanos General Roca S.A. ($18 millones); Unidad de Gestión Ferroviaria de Emergencia S.A. ($17,9 millones); Ferroexpreso Pampeano S.A. ($1,4 millones); y Belgrano Cargas S.A. ($800 mil). En la misma medida, se aumentan en $ 50 millones las transferencias del Tesoro al Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura de Transporte (compensaciones a empresas de transporte automotor).
* La DA Nº 662/05, por la cual se aumenta en $ 90 millones las transferencias del Tesoro al Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura de Transporte.
El presupuesto del año 2004 preveía un superávit de dos mil trescientos tres millones seiscientos seis mil quinientos cuarenta y un pesos ($ 2.303.606.541); el de 2005, cuatro mil seiscientos cincuenta y un millones setecientos cinco mil doscientos treinta y nueve pesos ($ 4.651.705.239); el de 2006, siete mil cuatrocientos treinta y nueve millones cuatrocientos noventa y un mil doscientos ochenta y tres pesos ($ 7.439.491.283); y el recientemente aprobado por esta Cámara, prevé un superávit de siete mil ciento setenta millones quinientos mil doscientos ochenta y un pesos ($ 7.170.500.281).
Entre 2.002 y 2.005, se canceló deuda externa (se pagó capital) por más de 15.000 millones de dólares. Esto, sin contar la cancelación de la deuda con el FMI, que llevaría esa cifra a casi 25.000 millones de dólares, o, lo que es lo mismo: más de diez años de superávit fiscal.
De acuerdo a las estimaciones del INDEC, para este año se habrá cancelado deuda por cerca de 2.000 millones de dólares, y se habrán pagado intereses por 1.000 millones.
Como se ve, el Gobierno Nacional está disponiendo de recursos quizás como nunca antes en la historia. Pero, en vez de utilizar dichos recursos para lo que deberían utilizarse los recursos públicos (el bienestar de la población), se utilizan, como ya vimos, para incrementar las ganancias de empresas privadas, o contentar a los acreedores externos.
El proyecto que acompaño es un acto de absoluta justicia para con todos aquellos que, una vez obtenida sentencia favorable contra el Estado Nacional, a lo sumo llegan a cobrar -luego de meses o quizás años de espera- en hermosos papeles de colores, que recién en 5, 10, o más años podrán transformar en efectivo por su valor nominal.
Por todo ello, solicito su aprobación.

 

 

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